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INDULGENCIA PLENARIA ESPECIAL CONCEDIDA A LA ORDEN CONSTANTINIANA

INDULGENCIA PLENARIA ESPECIAL CONCEDIDA A LA ORDEN CONSTANTINIANA

Roma, 5 de junio de 2023 – El pasado 2 de mayo de 2023 Su Em. Rev.ma el Cardenal Renato Raffaele Martino, por medio de la Oficina del Gran Prior, hizo llegar en la Penitenciaría Apostólica a Su Em. el Cardenal Mauro Piacenza Penitenciario Mayor a través de Su Exc. Mons. Krzysztof Nykiel, Regente de la Penitenciaría, la petición al Santo Padre Francisco de reiteración de la Indulgencia Plenaria especial concedida a la Sagrada Orden Militar Constantiniana de San Jorge en el año Santo de la
Misericordia 2016 (Prot. N. 325/16/I) con ocasión de la peregrinación
de la misma Orden, dirigida por el Gran Maestre Su Alteza Real el Príncipe Carlo de Borbón de las Dos Sicilias Duque de Castro, en Roma, en la Basílica de San Pedro.

El 11 de mayo de 2023, Mons. Arnaldo Morandi, Secretario General de la Oficina del Gran Prior, acompañado por Don Ettore Capra Vice Priore de Roma, fue recibido en el Palacio de la Cancillería por el Regente Su Exc. Mons. Nykiel, quien, a nombre del Cardenal Mauro Piacenza, entregó el venerable rescripto de reiteración de la Indulgencia Plenaria que el Santo Padre ha benevolentemente concedido. Su Excelencia Mons. Krzysztof Nykiel, recibiendo a los Sacerdotes Caballeros Eclesiásticos, se entretuvo en una conversación cordial, informándose con precisión sobre la vida y las actividades religiosas y caritativas de la Orden Constantiniana, manifestando también vivo interés, satisfacción y deseo que se dé el justo
valor y aplicación adecuada al don de la indulgencia plenaria por parte del Santo Padre.


Con esta reiterada indulgencia Su Santidad Francisco, por Divina
Providencia Papa, informado, por el Rev.mo Cardenal Renato Raffaele Martino, del título de San Francisco de Paula a los Montes, Protodiácono de la Santa Romana Iglesia, Gran Prior de la Orden Militar Constantiniana, bajo el título de San Jorge y la regla de San Basilio Magno, a los Caballeros y Damas de la misma Orden, concederá e impartirá, en las condiciones habitual (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Sumo Pontífice), la Indulgencia plenaria, por lucrarse de los Caballeros y Damas y poder aplicarse a modo de sufragio también a las almas del Purgatorio, si ellos, Caballeros y Damas, tienen
emitido o renovado al menos en privado la promesa de observar fielmente
los Estatutos de la Orden:

I – en el día de su recepción en la Orden; el 23 de abril, solemnidad
de San Jorge Mártir, patrón principal, y el día 14 de septiembre, Fiesta de la Exaltación de la Santa Cruz.

II – si han participado devotamente en la Santa Misa exequial por los
Caballeros y Damas piadosamente fallecidos el mismo día de la muerte o
del entierro del difunto (Indulgencia aplicable exclusivamente a las
almas del Purgatorio). In articulo mortis se aplica la amplísima concesión n.
XII del Manual de las Indulgencias en cuyo caso la Iglesia suple a las tres
condiciones habitualmente exigidas para la indulgencia plenaria; los Caballeros y las Damas, sin embargo, encomiablemente, en la adquisición de esta Indulgencia plenaria podran utilizar las insignias propias de la Orden.


Los Caballeros y las Damas, al menos con el corazón contrito, podrán además obtener la Indulgencia parcial : a) cada vez que hayan hecho abiertamente testimonio, frente a otros, de fe en las fiestas religiosas públicas o reuniones (como procesiones, ejercicios piadosos, predicaciones sagradas de la Palabra, congresos eucarísticos, reuniones de la Orden), en los que hayan intervenido como hermanos de la Orden; b) cada vez que se dedican piadosamente a obras o de misericordia, o de penitencia, o de evangelización previstas en los Estatutos.
Así los Caballeros y las Damas serán estimulados a adquirir concretamente en sus vidas las virtudes sobrenaturales, especialmente la fe, la esperanza y la caridad y fortalecerán su comunión con el Romano Pontífice, fundamento visible de la unidad de toda la Iglesia Católica.

Porque, por lo tanto, el acceso al perdón divino, que debe alcanzarse por medio del poder de las llaves de la Iglesia, sea más fácil para la caridad pastoral, esta Penitenciaría invita vivamente a los sacerdotes acogidos en la Orden y con las facultades adecuadas para recibir las confesiones a dedicarse con espíritu dispuesto y generoso a la celebración de la Penitencia y a administrar frecuentemente la Santa Comunión a los Caballeros y a las Damas enfermos.

A continuación la traducción de la indulgencia del latín:

BEATÍSIMO PADRE,
EL CARDENAL RENATO RAFFAELE MARTINO, PROTODIÁCONO DE SAN FRANCISCO DE PAOLA AI MONTI, GRAN PRIOR DE LA MILICIA AURATA CONSTANTINIANA DE SAN JORGE, debajo la regla de San Basilio Magno, movido por la gratitud hacia el Buen Dios, humildemente expone que el don de las indulgencias concedidas por esta Penitenciaría Apostólica por mandato de Su Santidad con rescripto del (n. 325/16/1 del 20 de mayo de 2016) durante siete años, ha dado muchos frutos espirituales y gracias en favor de los Caballeros y las Damas de la citada Orden.
Por tanto, para que tantos bienes espirituales perduren también en el futuro, el Eminentísimo Orador suplica a Vuestra Santidad, para que se prorrogue la gracia ya concedida. Y Dios etc…

LA PENITENCIARÍA APOSTÓLICA, en virtud de las facultades concedidas por Su Santidad Papa Francisco, prorroga todo lo concedido entonces por un ulterior septenio.

Roma, el 23 de mayo de 2023

Mauro Card. Piacenza
Penitenciario Mayor

Krzysztof Józef Nykiel
Regente

 
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